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Otro aval de la Justicia Federal para EPAS

El Juzgado Federal de Neuquén 2 resolvió el sobreseimiento de las autoridades del Ente Provincial de Agua y Saneamiento (EPAS) en una causa por presunta contaminación del río Limay debido al tratamiento en la Planta de Tratamiento de Efluentes Cloacales (PTEC) ubicada en la localidad de Senillosa luego de constatar que los valores de vertido de líquidos se encuentran dentro de los parámetros establecidos por la normativa y no son contaminantes. Este fallo va en consonancia con el que emitió en septiembre la Cámara Federal de General Roca acerca de las Plantas de Tratamiento de la  ciudad de Neuquén.

En esta ocasión se trató de una investigación sobre presuntos vertidos contaminantes de la planta que poseía la ciudad (en 2019 se inauguró la nueva PTEC con una  tecnología superadora  de tratamiento de líquidos cloacales) en el canal principal de desagüe pluvial de Senillosa que desemboca en el cauce principal del río Limay. La misma determinó luego de la toma de muestras en distintos puntos referenciales que los valores arrojados por los líquidos tratados en la PTEC de la localidad se encuentran dentro de los parámetros establecidos por la normativa y que no son contaminantes ni perjudiciales para la salud.

Estos considerandos coinciden con las dos causas –una afectada a Bardas Norte y la otra a la planta PIN- de las que fueron sobreseídas el pasado mes autoridades del Directorio del Ente y operativos y profesionales del Servicio Neuquén.

En los fallos se lee con total claridad que las plantas funcionan correctamente y su vuelco no es contaminante, siendo los parámetros de vertidos acordes a lo estipulados en el Código de Aguas. Además, en esa oportunidad, el fallo resolvió no sólo la cuestión traída a su conocimiento sino también fue más allá al determinar que los residuos domiciliarios quedan fuera del alcance de la Ley 24051 de Residuos Peligrosos.

La Justicia Federal a cargo de la investigación envió en su momento un allanamiento de Prefectura Naval Argentina para tomar muestras en los puntos de vertido de las plantas operadas por el EPAS, cuyos resultados arrojaron valores muy por debajo de los máximos permitidos.

“Estamos tranquilos de que este fallo acompaña lo que ya sabemos todos los que formamos parte del EPAS acerca del compromiso y responsabilidad con la que se operan los servicios, entendiendo siempre el agua potable y el saneamiento como derechos humanos básicos y esenciales para la vida”, había expresado al respecto el Ingeniero Mauro Millán, presidente del organismo.

En esta oportunidad, agregó: “Esta resolución acerca de la Planta de Senillosa es un paso más para salvar el buen nombre de la empresa y de sus trabajadores y trabajadoras. Sabemos del compromiso de todos ellos y del Gobierno Provincial para con el cuidado del ambiente y de la salud de todos los neuquinos; este fallo viene a avalar nuestro trabajo en pos de eso”.

Cabe recordar que en diciembre del año pasado, EPAS firmó con Senillosa el Contrato de Concesión del servicio de saneamiento y de agua potable, tal y como lo estipula debe hacerse la Constitución Provincial, pocas semanas después de haber inaugurado la nueva Planta de Tratamiento de última tecnología para pasar del 30 al 100% de la población servida. El presupuesto final de esa obra fue de $145.740.620. A su vez, en ese mismo acto de inauguración EPAS hizo entrega de seis vehículos para el servicio: dos hidrogrúas, dos camionetas 4×2, una retropala y un camión desobstructor para mejorar el servicio en la localidad.

“Estas acciones y la inversión provincial continua en materia de saneamiento son la prueba irrefutable del compromiso de la empresa y del Gobierno con los servicios esenciales y el acompañamiento del crecimiento de todas las ciudades donde prestamos estos servicios”, concluyó Millán.